Atención a extranjeros

La nueva normativa que entra en vigor el próximo 19 de Enero obliga a todo residente en España con permiso extranjero a renovar su carnet aunque no caduque.

El artículo 15.4 del real decreto 818/2009 de 8 de Mayo por el que se aprueba el reglamento general de conductores, obliga a todo conductor con residencia en España y que haya obtenido la nacionalidad hace 2 años , debe renovar su permiso de conducir extranjero aunque no caduque.

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La sanción por circular sin renovarlo es de 200 € por lo que pasamos esta nota informativa a todos los ciudadanos extranjeros especialmente de los siguientes países:

  • Rumania
  • Bulgaria
  • Italia
  • Portugal
  • Alemania
  • Francia
  • Inglaterra
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Por ello el usuario tiene dos opciones o canjear su permiso extranjero por el permiso de conducir español, remitiendo su licencia extranjera al país de origen o inscribirse en el registro de conductores manteniendo su carnet extranjero.

En ambos casos puede por Amo Salud obtener su certificado médico y la documentación necesaria para agilizar el trámite en jefatura de tráfico, al finalizar el certificado médico se le facilitará una autorización provisional valida por 3 meses. En este tiempo recibirá el nuevo permiso de conducir vía correo ordinario.

«En tu clínica Amo Salud de Córdoba somos especialistas en todo tipo de certificados médicos, dinos cual necesitas y te lo gestionaremos en el acto, carnet de conducir, permiso de armas…»

Amo Salud, centros sanitarios.

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